Page 18 - 23-1
P. 18
TABLA 4. Tipo de prestación restauradora y edades con cobertura en las CCAA con atención odontológica pública o mixta.
Restauración PM y M
Restauraciones sector anterior
Tratamientos pulpares
Ortodoncia
Asturias
6-14
6-10 (unidad central)
6-10(unidad central)
No
Cantabria
6-10 años
6-10 años
No
(tutelados y grupos prioritarios)
Cataluña
¿?
¿?
¿?
No
Ceuta
¿?
¿?
No
No
Melilla
¿?
¿?
No
No
Galicia
6-8 años
6-8 años
No
No
C. de Madrid
6-14
No
No
No
La Rioja
6-14
6-14
No
No
C. Valenciana
6-14
6-14
6-14
No
Castilla León
6-14
6-14 (concertado a precio tasado)
6-14 (concertado a precio tasado)
No
Castilla La Mancha
6-14
6-14 (concertado a precio tasa- do)
6-14 (concertado a precio tasado)
Grupos prioritarios (concertado a precio tasado)
PM: Premolares, M: Molares
En la C. Valenciana, se dispone de un programa escrito en el que se definen las actividades a realizar en el ámbito esco- lar, en la consulta de pediatría y en las Unidades de Salud Bucodental. En el Principado de Asturias, se dispone de protocolos para todas las actividades clínicas que se rea- lizan en las unidades de Salud Bucodental, disponibles en la Guía para la Atención a la Salud Bucodental en Atención Primaria de Asturias. En el resto de Comunidades, según nuestro conocimiento, no existen protocolos comunes de actuación en el ámbito de la atención infantil y juvenil. Los procedimientos restauradores presentan mayores diferencias por comunidades, en la Tabla 4 se resumen los procedimientos de odontología restauradora que se reali- zan en cada comunidad y las edades de cobertura. Como puede apreciarse, la mayoría cubren las restauraciones de 6 a 14 años. Algunas, como la Comunidad de Madrid, solo las restauraciones de premolares y molares, otras han reducido la edad hasta los 8 o los 10 años.
La atención a mujeres embarazadas no es uniforme en todas las comunidades, mientras que en algunas están protocolizadas las revisiones e incluso una tartrectomía durante el embarazo y el postparto, como es el caso de Asturias o Castilla León, en otras no se realiza o se realiza de manera desigual en los diferentes distritos sanitaros o áreas de salud. Algunas CC.AA. realizan actividades de for-
mación específica respecto a cuidados orales en el emba- razo y para el bebé con guías estandarizadas, aunque el alcance también es desigual.
La atención a los adultos, sigue el mismo patrón en todo el territorio español. En algunas comunidades está incorpo- rada a las actividades del dentista de Atención Primaria, de manera conjunta con la atención a los niños, en otras toda- vía existen dentistas de cupo que realizan las exodoncias y el tratamiento de procesos agudos, que son las prestacio- nes básicas cubiertas por el momento.
Respecto a la asistencia a pacientes con limitaciones físicas o conductuales, cuando se trata de niños, son atendidos generalmente en las mismas unidades que los restantes niños con las mismas prestaciones, excepto que no pue- dan recibir atención ambulatoria y precisen ingreso hospi- talario, en cuyo caso o bien son derivados a unidades espe- ciales o a unidades hospitalarias, en caso de que se preci- se realizar el tratamiento con anestesia general o, como en el caso de Galicia, se derivan a la unidad de Pacientes Especiales de la Clínica Odontológica de la Universidad de Santiago de Compostela, al disponer de un convenio con la Universidad para ello.
Los pacientes adultos con limitaciones físicas o conduc- tuales, generalmente poseen las mismas prestaciones que la población general, con algunas excepciones, como
La atención bucodental en comunidades autónomas con modelos público o mixto en España: Llena Puy C.
18 ➤➤